23 dic 2006

Teoria ASC TSIS EDUSO T.L. Manual de Gestion de subvenciones (VI)

6. PROCEDIMIENTO DE CONCESION.

En todas las convocatorias de subvención se regula, en base a que criterios y que metodología se seguirá para conceder una subvención a una asociación, por lo que deberemos leer con detenimiento este apartado, e intentar adecuar los contenidos de nuestro proyecto a los criterios de concesión.

Tener en cuenta que este procedimiento se basa en unos principios de objetividad, evaluación y concurrencia competitiva, por lo que con presentar la subvención, no quiere decir que nos la vayan a conceder, sino que si nuestro proyecto tiene la calidad suficiente y llega a unos baremos, el resultado será positivo.

Una vez presentada la subvención, el órgano competente, comprobará que toda la documentación es correcta, y si no es así nos reclama para que en el plazo de 10 días presentemos la documentación que nos pidan y de no ser así el expediente será archivado. Los criterios que se suelen tener en cuenta a la hora de conceder una subvención serán los siguientes:

- Grado de adecuación del proyecto a la finalidad prevista en la convocatoria de subvención.
- Actuación sobre colectivos juveniles que demanden una especial atención. - Valoración de anteriores proyectos presentados a subvención.
- Número de personas beneficiarias del proyecto.
- Aportación de recursos propios al proyecto.


Al valorar todos estos apartados, si no se obtiene una puntuación mínima podrán rechazarnos la solicitud de subvención.

Podrán pedirnos cualquier aclaración o documentación que el órgano competente para conceder la subvención, estime conveniente.

Una vez evaluado todo el expediente, y si deciden concedernos la subvención, se hará una propuesta de resolución y se nos notificará, para que normalmente en un plazo de 10 días aceptemos o no su concesión. Es interesante comentar en este punto, ya que si consideramos que con la cantidad concedida no podemos realizar el proyecto presentado será mejor hacer una de estas dos cosas: No aceptar la concesión o presentar una modificación, adaptando el proyecto para poder llevarlo a cabo con los recursos económicos de los que disponemos.

Si transcurrido el plazo que marca la convocatoria, no nos han comunicado nada, deberemos entender por desestimada nuestra solicitud, pero siempre nos quedará la posibilidad de recurrir, aunque como consejo no merece la pena por los trámites complicados y que pasa el tiempo sin poder realizar el proyecto.

A aquellas entidades que se les concedan una subvención, quedarán obligadas al cumplimiento de una serie de condiciones, como por ejemplo:

* Realizar la actividad en la forma y plazos establecidos en la resolución de concesión.
* Someterse a tareas de comprobación e inspección por parte de la administración concedente, así como a acreditar la realización del proyecto, en la forma y plazos establecidos en la convocatoria.
* Comunicar la obtención de otras subvenciones para el mismo proyecto.
* En la publicidad, poner el órgano que subvenciona la actividad.
* Cumplimiento de los plazos establecidos.

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