SOLICITUD DE INGRESO EN EL CONSEJO DE LA JUVENTUD
El Consejo de la Juventud de Cantabria se regula por Ley del Parlamento de Cantabria, Ley 4/2001 de 15 de Octubre.
Pueden formar parte del Consejo las Asociaciones Juveniles, reconocidas legalmente, que tengan implantación en dos municipios de Cantabria y cuenten con un número mínimo de setenta miembros y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud con implantación en tres municipios y presten servicios a mil jóvenes anualmente.
También puede admitir como miembros observadores a otras entidades.
La forma de inscripción se ha de determinar reglamentariamente, pero en todo caso en la solicitud de inscripción dirigida a su Presidente deberá incluir que la estructura interna de la Asociación es democrática, no tener ánimo de lucro y acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Cantabria.
Consejo de la Juventud de Cantabria
C/ Daoíz y Velarde, 13 - entresuelo izda.
39003 Santander.
Teléfono 942 221722
Decálogo para un grupo construir un grupo que dialoga
Hace 2 semanas
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