4 dic 2006

Paso a Paso (XVII) Como costituir una asociacion (XV)

SOLICITUD DE INGRESO EN EL CONSEJO DE LA JUVENTUD

El Consejo de la Juventud de Cantabria se regula por Ley del Parlamento de Cantabria, Ley 4/2001 de 15 de Octubre.

Pueden formar parte del Consejo las Asociaciones Juveniles, reconocidas legalmente, que tengan implantación en dos municipios de Cantabria y cuenten con un número mínimo de setenta miembros y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud con implantación en tres municipios y presten servicios a mil jóvenes anualmente.

También puede admitir como miembros observadores a otras entidades.

La forma de inscripción se ha de determinar reglamentariamente, pero en todo caso en la solicitud de inscripción dirigida a su Presidente deberá incluir que la estructura interna de la Asociación es democrática, no tener ánimo de lucro y acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Cantabria.

Consejo de la Juventud de Cantabria
C/ Daoíz y Velarde, 13 - entresuelo izda.
39003 Santander.
Teléfono 942 221722

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