21 nov 2006

Paso a Paso(IX) Como Constituir una asociacin (VII)

Toda asociación para fundarse debe tener redactado un esquema de Acta fundacional que presente el siguiente esquema

ESQUEMA ACTA FUNDACIONAL

• Encabezamiento: Fecha, hora, Lugar, personas, Domicilio y denominación.

• Cuerpo del Acta: Intención de constituir la asociación y Fines, Estatutos y Junta Directiva

• Conclusión: Firmas de los promotores. Levantar sesión.


Uno de los documentos más importantes que hay que elaborar cuando se constituye una Asociación son LOS ESTATUTOS.

Son el conjunto de normas por las cuales se rige una Asociación, siendo de obligado cumplimiento para la totalidad de sus socios. Constituye la Ley por la que se han de regir en el futuro los socios para desarrollar sus fines.

Estos Estatutos no deben ser iguales a los de otras Asociaciones. Los modelos que se facilitan en numerosas ocasiones y en esta publicación, pueden ser útiles pero debemos recordar que los estatutos son el texto legal fundamental que regula la vida de la Asociación y debe recoger nuestras características, nuestros propios fines, objetivos y actividades, nuestra denominación, domicilio social, datos que harán diferente a nuestra Asociación del resto.

Los Estatutos deberán regular según la Ley que regula el Derecho de
Asociación los siguientes puntos:

- Denominación de la Asociación.
- Domicilio y ámbito territorial de sus actividades.
- Duración, si ésta no se constituye por tiempo indefinido.
- Fines y Actividades de la Asociación descritos de forma precisa.
- Requisitos de admisión, baja, sanción y separación de los socios. Clases de Socios, Consecuencias del impago de cuotas.
- Derechos y obligaciones de los Socios.
- Criterios que garanticen el funcionamiento democrático de la Asociación.
- Los órganos de gobierno y representación, su composición, reglas y procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros, sus atribuciones, duración de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos y requisitos para que los citados órganos queden válidamenteconstituidos, así como la cantidad de asociados necesaria para poder convocar sesiones de los órganos de gobierno o de proponer asuntos en el orden del día.
- Régimen de administración, contabilidad y documentación, así como la fecha de cierre del ejercicio asociativo.
- El Patrimonio Inicial y los Recursos Económicos de los que podrá hacer uso.
- Causas de disolución y destino del Patrimonio, que no podrá desvirtuar el carácter no lucrativo de la asociación y ha de respetar los fines por los que se ha constituido.
- Cualesquiera otras disposiciones lícitas que los promotores estimen conveniente.
- El contenido de los estatutos no puede ser contrario al ordenamiento jurídico.
- También deberá constar en los Estatutos, según el artículo 11 de la Ley si los miembros de los órganos de representación reciben retribuciones en función del cargo, así como en las cuentas anuales aprobadas en asamblea.

No se exige límite de presupuesto anual, obligatorio hasta ahora. Este límite rápidamente quedaba desfasado por la inflación y el crecimiento de la entidad.

0 comentarios:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...