Los menores que cometan delitos irán a juicio oral con la nueva legislación
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Con la disolución de los juzgados de Menores, el Departamento Judicial de Junín tendrá en funcionamiento el fuero de Familia, que ya esta creado y la problemática asistencial deberá pasar a la órbita municipal para su tratamiento.
Recién el 1º de diciembre comenzará a funcionar el nuevo sistema, luego que la Provincia de Buenos Aires disolviera los Tribunales de Menores, creando nuevos juzgados con cuerpos técnicos auxiliares integrados por médicos, psicólogos y trabajadores sociales, que se crearán con personal de los tribunales disueltos.
La nueva estructura desarticula el viejo sistema penal juvenil heredado de la última dictadura, por el cual un juez de menores podía quitarle la patria potestad a la madre de un chico por causas asistenciales e internarlo en un instituto de Menores.
“Ahora, los menores que incurran en conflictos con la ley penal -los que sean autores de delitos, como el robo o el asesinato- serán juzgados con los mismos mecanismos que un mayor -es decir con derecho a defensa- en los nuevos Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil y no podrán ser interrogados por personal policial o administrativo.
Y los que sean detenidos por la policía por cuestiones asistenciales -por ejemplo por vagabundear o pedir limosna- deberán ser derivados a los Centros de Promoción de los Derechos de los jóvenes, que funcionan a nivel local, para evitar el desarraigo, otros de los males del viejo sistema”, describió el juez subrrogante en Menores departamental e integrante del Tribunal Oral Nº 1 del Departamento Judicial de Junín, Miguel Angel Vilaseca.
Mientras el nuevo esquema se pone en marcha, los jueces de menores -que luego pasarán a serlo de los Juzgados de Responsabilidad Penal- deberán acatar un instructivo que les prohíbe, por caso, encerrar a menores en Institutos por causas asistenciales.
Un tema mayúsculo
“La problemática del menor es importante en Junín como en el Gran Buenos Aires y en toda la provincia, donde los índices delictivos cometidos son trascendentes. Hoy en día, en muchos hechos, generalmente esta presente un menor. Con la nueva ley –13634- se crea el fuero de Familia y el de la Responsabilidad Penal Juvenil”, detalló el magistrado.
En la legislación aprobada, “de alguna manera se separa al Tribunal de Menores en tres partes: una se va a Familia, para lo cual hay que designar un juez, un consejero y todo un procedimiento ya regulado en la nueva ley, con órganos asistenciales”.
“Otra corresponde al fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, a cargo de lo que hoy entiende el juez de Menores. Ahora, los adolescentes que incurran en conflictos con la ley penal -los que sean autores de delitos, como el robo o el asesinato- serán juzgados con los mismos mecanismos que un mayor -es decir con derecho a defensa, en juicios orales –que no serán públicos-; habrá un juez de Garantías, el mismo que hoy esta para los adultos, y se crean dos cargos: un fiscal y un defensor oficial para menores”.
El juez Vilaseca remarcó que también se explaya de la órbita del actual Tribunal de Menores, lo que es la problemática asistencial, que por la ley 13.298 le corresponderá a los servicios locales de protección de derechos, que estarán a cargo de las municipalidades.
“Esta última ley esta suspendida actualmente, pero es obvio que la tendrán que poner en funcionamiento”, aseveró.
En los delitos muy graves, el juez de Menores integrará un tribunal oral para juzgar a los adolescentes, junto a jueces de Menores de otros departamentos judiciales, porque Junín tendrá un solo magistrado de Responsabilidad Penal Juvenil.
Más o menos garantista
“No es que este nuevo sistema sea más o menos garantista. Todas las leyes tienen que serlo en el mejor de los sentidos de su interpretación. Con los derechos y obligaciones que cada uno tenga. El juez al evaluar, sabrá si tiene que dejarlo detenido o darle la libertad. Además el código de fondo es el mismo del adulto. Cuando el menor es imputable se le aplicará la condena que el juez determine. Si no podrán ser alojados regímenes cerrados junto a mayores. Por eso el Estado tendrá que adaptar las unidades este año para que el sistema comience a funcionar”.
Por otra parte, esta previsto que en caso de un delito muy grave cometido por un menor, aún inimputable por su edad- menos de 16 años- se deberá decretar el sobreseimiento y si después el juez entiende que esa persona necesita un tratamiento especial, como una internación, así lo dispondrá.
Reforma positiva
Vilaseca evaluó como positiva la reforma. “No puede ser que hoy en día, un juez de Menores este resolviendo una adopción, atendiendo un homicidio, y por otro lado, viendo causas asistenciales, firmando la entrega de pasajes para que familiares visiten a sus hijos internados”, aseveró el magistrado.
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