Esta es la Segunda parte del Articulo que trata sobre el Ténico Superior en Animación sociocultural como Gestor Cultural y su perfil profesional y laboral. Podeis acceder a la primera parte pulsando aqui.
Os recordamos que en las últimas lineas de este articulo encontrareis toda la publicación en formato pdf para que la descargueis y releais con detenimiento para comprender todos los matices de los diferntes perfiles que existen dentro del mundo de la Gestión Cultural.
FUNCIONES: Gestor Cultural. Técnico Auxiliar de Cultura
1. Organización de las tareas de oficina, burocrático-administrativas propias de los Auxiliares de Cultura. Participación en casos de necesidad manifiesta y extrema urgencia, con dichos profesionales en la realización, elaboración y redacción informatizada de documentos de carácter puramente administrativo de índole o naturaleza estrictamente cultural.
2. Dinamización de las actividades culturales previstas, a fin de promover la participación de los públicos de la cultura y cumplir los logros y objetivos inicialmente propuestos desde el proyecto de intervención cultural. Control regular y sistemático de la normal realización y óptimo desarrollo de dichas actividades culturales, con el fin de evitar las posibles desviaciones que de los objetivos inicialmente planificados se pudiesen derivar.
3. Organización y control del perfecto funcionamiento de las infraestructuras, espacios, dependencias e instalaciones culturales. Atención personal, directa y especializada, al público asistente a las actividades ante reclamaciones y/o quejas, poniendo en todo momento al servicio público de los usuarios los medios formales
para la formulación, por escrito de dichas eventualidades; “Libro u Hojas de reclamaciones”..
4. Encargarse, previo informe, y tras la pertinente tramitación administrativa del “concurso de contratación de servicios y/o adquisiciones”, y posterior adjudicación definitiva, de alquilar y/o comprar los equipos técnicos de asistencia logística, así como de la contratación de todo tipo de servicios profesionales externos a la propia institución o empresa.
5. Supervisión de cometidos y tareas del equipo humano de profesionales a su cargo, así como la consecución de su motivación y establecimiento de su plan de formación y aprendizaje específico. Establecimiento y puesta en funcionamiento el plan y normativas legales al respecto de las condiciones de trabajo, seguridad, salud e higiene laboral del mencionado equipo humano que le hubiere sido asignado. Asistencia a cursos y puesta al día de los conocimientos y aprendizaje que le sean precisos para el buen desarrollo de su cualificada actividad profesional. Previa conformidad de sus superiores, adopción de medidas y decisiones en materia de recursos humanos y formativos.
6 Organización del desarrollo del proyecto de intervención cultural a partir de la programación elaborada -con arreglo a que pueda pasar las preceptivas fases de legalidad administrativas de los concursos de contratación. Evaluación de las acciones del proyecto de intervención cultural según los procedimientos
metodológicos definidos previamente por las directrices e indicaciones de sus superiores jerárquicos.
7 Guía, control y supervisión del normal desarrollo de las actividades culturales programadas dada su específica preparación y acreditada capacidad profesional, corrigiendo las posibles desviaciones que surgieren, con la finalidad de conseguir óptimos niveles de eficacia y excelentes condiciones de calidad y eficiencia en la prestación del servicio público ofertado desde la administración o empresa a los usuarios.
8 Definición de los proyectos de animación cultural, así como de la programación de su desarrollo y realización, asegurando la adecuación al colectivo al que irán destinados.
9 Desarrollo, interpretación y aplicación efectivo-práctica de las “Fichas técnicas” (“raiders”), concernientes a la normal realización y exigencias de la producción y “puesta en escena” de actividades culturales de pequeño, mediano y/o gran formato. E idéntico procedimiento con las exigencias y acuerdos contractuales que se contemplan y plasman, dentro del marco legal, en las cláusulas redactadas a tales efectos y, previamente, convenidas entre las partes en las “Fichas artísticas”.
10. Redacción y corrección, previamente a su edición correspondiente, de las pruebas tipográficas de los programas de mano, tanto los específicos de determinadas actuaciones culturales que así los requieran (artes musicales y escénicas esencialmente), como las revistas, folletos, boletines u otros medios escritos de divulgación, que con carácter regular y periódico se impriman y editen para la adecuada tirada de estos ejemplares y posterior difusión propagandística de las actividades culturales programadas por el Área o empresa competentes con la finalidad de su conocimiento por parte del público en general.
11. Control con rigor profesional y regularidad sistemática de la distribución y adecuada difusión de publicidad de las actividades culturales emprendidas: e-mail de campañas propagandísticas mediante mensajes emitidos por medio de la telefonía móvil y/o “Internet”, invitaciones, control protocolario de los actos culturales que así lo requieran. Supervisión y contacto con los medios informativos (prensa, radio,
televisión, agencias profesionales de la información del adecuado y correcto funcionamiento de la transmisión entorno a la programación cultural.
12. Asistencia personal y apoyo directo a los actores, artistas, cantantes, cías. teatrales, conferenciantes, directores de orquestas, escritores, grupos orquestales, músicos, personalidades del mundo de la cultura, representantes artísticos. Colaboración estrecha con las autoridades políticas en la debida hospitalidad y atención profesional antes y durante su estancia y permanencia en la ciudad, hasta su posterior marcha de la misma.
13. Participación en las reuniones profesionales necesarias, convocadas por el responsable superior del Área o empresa de cara a la coordinación, intercambio de información y recepción de instrucciones, siempre que sea requerido para estos fines y cometidos específicos.
14. Mantenimiento del principio de autonomía laboral, si bien siempre condicionado a la estructura normativa y organizativa de la institución o empresa donde desarrolle su actividad profesional y enmarcado dentro de sus competencias generales, funciones específicas, capacidades de trabajo del puesto o plaza ocupado.
15. Realización de cualquier otra labor encomendada, que dentro de la categoría profesional del puesto o plaza de trabajo, de sus competencias y funciones, se encuentre acorde con el perfil profesional del “Técnico Auxiliar de Servicios Culturales”.
TITULACIÓN: Gestor Cultural. Técnico Auxiliar de Cultura
Requisitos: Título Oficial de Formación Profesional de Grado Superior, (TASOC): “Técnico Superior en Animación Socio Cultural”. O equivalente.
Méritos: Cursos Oficiales que habiendo sido impartidos por la Admón. Pública o Instituciones u Organismos dependientes de la misma, mantengan carácter de especialización en conocimientos cualificados y se relacionen, directamente, con el desarrollo de las competencias y funciones que halla de ejercer un Técnico Auxiliar de Cultura en el normal desempeño de su trabajo, tal y como aquí se ha ido, pormenorizadamente, describiendo. O cursos impartidos por otras instituciones debidamente reconocidas (asociaciones y colegios profesionales, sindicatos o centros de formación de cámaras de comercio o federaciones empresariales).
Titulación universitaria relacionada con el ámbito cultural o social, ya sea de primerciclo (Magisterio) o de segundo (Humanidades, Historia, Filología, Bellas Artes, Pedagogía, Derecho, Economía…).
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Hace 2 semanas
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