31 mar 2017

Comunidades Autónomas donde reconocen al TASOC / TASOCT en su perfil de Ocio y Tiempo Libre

Durante los 20 años que lleva funcionando del Ciclo Formativo de Grado superior en Animación sociocultural y ahora turistica, un gran problema que nos hemos encontrado las personas tituladas es que las competencias de ocio y tiempo libre estan transferidas a las comunidades autonomas.

En ellas la Dirección general de juventud es quien lleva el tema de ocio y tiempo libre educativo y normalmente en casi la totalidad de las mismas no tiene relación con empleo, trabajo, y educación, por lo que nos encontramos durante muchos años que aún cuando nuestro real decreto del ciclo formativo nos atribuia una serie de competencias, en ninguna de ellas nos reconocian.

Con el paso del tiempo, la presión de algunas asociaciones y personas y también gracias al nuevo decreto de la adaptación del Curriculo formativo a unidades de competencia ahora ya muchas otras comunidades se han sumado al reconocimiento.

Con este articulo queremos dejar claro en que comunidades autonomas es posible que un TASOC / TASOCT pueda optar a un puesto de trabajo ofertado por entidades publicas en campamentos, colonias, ocio nocturno, ocio alternativo etc, solamente con la titulación del ciclo formativo, así como si reconocen o no nuestra capacidad para coordinar equipos de monitores de tiempo libre que tambien se nos atribuye en el mismo R.D.

No tenemos respuesta a todas las comunidades autónomas, no porque no hayamos realizado consultas a ellas, sino que después de más de 2 meses no han enviado ellas las respuestas, tras enviarlas comunicados en más de 3 ocasiones y dejando entre ellos periodos de tiempo para que pudiesen aportar la información, así todo continuaremos demandando esa información y la actualizaremos.



Comunidad Autónoma
Monitor
Director / Coordinador
Informador Juvenil
Andalucia
X
X
X*
Aragon
X
X
X*
Asturias
-*
-*
-2
Baleares
X
X
X*
Canarias



Castilla La Mancha



Castilla León
-*
-*
-*
Cantabria
-
-
X*
Cataluña
X
X
X*
Comunidad Valenciana
-
X

Extremadura



Galicia
X1
X1
X*
La Rioja



Murcia



Madrid
-
-
 -
Navarra



Pais Vasco
X
X
X*
 

Leyenda

X- En estas comunidades autónomas no hay ningún problema con el Titulo de TASOC nos afirman que podemos ejercer y ocupar plazas donde se requiera un monitor de ocio y tiempo libre o Coordinador.

X1- Tampoco aquí tendréis problema pero están adaptando la normativa para que todo quede legalmente, pero repito aseguran que ha fecha de hoy es posible trabajar con ellos con la titulación de TASOC / TASOCT

- No reconocen al TASOC / TASOCT como calificación profesional para ejercer como un monitor / director Coordinador de tiempo libre y no tienen a corto plazo adaptarse a la normativa, No todo esta perdido leer al final la explicación que nos han dado en la Direccion general de Juventud del País vasco. De igual manera si no permiten ejercer como Coordinador / Director tampoco permiten firmar prácitcas de ocio y tiempo libre a otros Monitores Coordinadores

-* No reconocen al TASOC / TASOCT en el 2017 y creen que para inicios del 2018 tengan ya habilitada la nueva ley de ocio y tiempo libre, en la que Si el TASOC / TASOCT esta ya plenamente habilitado, pero hasta esa fecha no pueden trabajar con ellos

X* En el caso de informador juvneil si que permiten al TASOC / TASOCT actuar como informador juvenil con esa titulación pero requiere que el trabajador si quiere abrir una Oficina juvenil privada tiene que estar dentro de una asociación prestadora de servicios a la juventud.

-2 Reconocen al TASOC / TASOCT como informador juvenil pero no permiten las Oficinas de información juvenil como privadas solo se accede mediante concurso.

Las comunidades que no tienen ningún indicador no nos han proporcionado datos.
Si alguno de vosotros/as lectores del blog podéis facilitarnos esos datos los añadiremos. O al menos una forma de contacto más directa con las direcciones de juventud de la Comunidad autónoma que no disponemos información

RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD DEL PAÍS VASCO

El R.D esta activo desde el día que se publico en el B.O.E por lo que todas las CC.AA deben acatarlo al ser nacional.

Por lo tanto es posible realizar una alegación cada vez que en una CC.AA saque un concurso, oposición plaza etc donde no reconozcan al TASOC / TASOCT en sus funciones y de seguro que se ganara, como esta ocurriendo en algunos Ayuntamientos del PAÍS VASCO, donde en principio no reconocían las funciones del animador como monitor o Coordinador de T.L. y ahora con las resoluciones judiciales tienen que admitirlos.

Esperamos que esta información os sea util.






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